Justa causa de despido por reconocimiento de la pensión de vejez
- Hurtado
- 12 sept 2017
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Actualizado: 11 abr 2021
La Corte Suprema de Justicia, mediante sentencia del 15 de febrero de 2017, Radicado No. 45036, se refirió a la justa causa para dar por terminado el contrato de trabajo o la relación legal o reglamentaria consistente en el reconocimiento de la pensión de vejez, concluyendo que la fecha de aplicación de la justa causa está atada al efectivo reconocimiento de la pensión y no al cumplimiento de los requisitos para obtener la pensión, ni a la fecha de celebración del contrato.
Debe recordarse que, de acuerdo con lo decidido por la Corte Constitucional en sentencia C-1037 de 2003, la pensión no sólo debe ser reconocida o notificada por parte de las administradoras del sistema general de pensiones, sino que además debe comunicarse al trabajador su inclusión en la nómina de pensionados.
Igualmente, la Corte recordó que cuando el trabajador no solicite su pensión dentro de los 30 días siguientes al cumplimiento de los requisitos para pensionarse, el empleador podrá hacerlo en nombre del empleado.
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